Es importante que te mantengas actualizado sobre todo lo relacionado con la Operación Renta 2021. Si es posible que busques ayuda de un contador profesional para que realices tus declaraciones y cotizaciones de manera correcta. Actualmente puede ser un poco complicado seguir el proceso porque el Servicio de Impuestos Internos (SII) ha cambiado un poco las normativas, pero con esta información lo tendrás un poco más claro.
Este proceso comienza el próximo 28 de febrero y concluye el 1 de julio de este año. En este tiempo se deben presentar las Declaraciones Juradas (DDJJ), siguiendo las normativas vigentes y tomando en cuentas las facilidades otorgadas por el tema de la pandemia.
¿Quiénes deben declarar renta?
Las personas están obligadas a declarar renta si percibieron una cantidad superior a los $7.833186 en el año anterior. También, quienes hayan tenido más de un empleador, igualmente, los que trabajan por honorarios y desean optar por una cobertura parcial para cotizaciones provisionales. De igual forma, será una obligación para aquellas personas que realizaron el segundo retiro voluntario del 10% acumulado en AFP y poseen un ingreso superior a 30 UTA.
Además, si no estás obligado, pero quieres hacerlo para acceder a algún beneficio o crédito tributario.
Para las empresas siempre será una obligación realizar la declaración de renta para el pago de sus impuestos correspondientes a sus operaciones por el año comercial que concluyó. Aunque es un poco más complicado para los comercios, por lo general, cuentan con contadores o una oficina de contabilidad que los ayuda con este trámite.
¿Cuáles son los cambios que debes tomar en cuenta en este año?
A partir de la entrada en vigencia de la Ley de Modernización Tributaria se realizaron algunos cambios en lo referente a las declaraciones. Estas son las más sobresalientes:
- Disminución en la cantidad de las Declaraciones Juradas: anteriormente eran 60 Declaraciones y ahora serán solo 51, significa que 9 ya no estarán operativas. Sin embargo, en este caso no es necesario que las presentes todas, solo las que correspondan de acuerdo al régimen tributario que pertenezcas.
- Ahora hay 3 nuevos regímenes tributarios: este es otro de los grandes cambios, ahora existen el Régimen General Semi integrado, Régimen Pro Pyme General y Régimen Pro Pyme Transparente. Cada uno de estos regímenes tiene asignadas las declaraciones juradas que deben declarar.
- Beneficios para las Pymes: este año se espera que las pequeñas o medianas empresas también puedan disfrutar del beneficio de obtención de la devolución del Impuesto a la Renta 2021 de forma anticipada como sucedió el año pasado. Esto es una medida que surgió debido a la pandemia del Covid-19 y que probablemente se repetirá.
¿Cómo puedo acceder al beneficio de las Pymes?
Quienes sean pequeñas o medianas empresas pueden optar por este beneficio, como requisitos es necesario:
- Ser un contribuyente de primera categoría
- Que puedas demostrar una disminución en tus ganancias que corresponda al momento es que comenzó la pandemia y con un porcentaje específico que es solicitado por el SII.Si cumples con todo es necesario que realices la solicitud en el SII por medio de su sitio web. Pueden tardar hasta 8 días para dar la respuesta. Es importante que si cumples con todos estos requisitos no pierdas la oportunidad de considerar esta opción.
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