OPERACIÓN RENTA 2019: Un Nuevo desafío a superar con BS Chile Consultores.
Es importante mencionar que la Operación Renta del Año Tributario 2019, ya es factible preparar, dado que ya se encuentran publicados los plazos de Declaraciones Juradas el dia 31.10.2018, el SII exigirá más antecedentes Financieros y operaciones en el Exterior.
Información Importante del contador a más tardar el 28.02.2018.
a)Declaraciones Mensuales F29 y F50 Justificadas.
b)Balance Tributario y Financiero al 31.12.2018.
c)Renta Líquida Imponible al 31.12.2018.
d)Análisis de las cuentas que inciden en el Resultado Tributario y sus Anexos.
c)Antecedentes de Respaldo que puedan ser Objeto de Justificar producto de Reorganizaciones, Inversiones en el Extranjero, Créditos de Impuestos pagados en el exterior, otros.
Nuestros Regímenes tributarios de Renta Atribuida y Parcialmente Integrada.
La Reforma Tributaria más extensa de la Historia de este país conforme a la promulgación de las Leyes N.º 20.780 y Ley N.º 20.899 generó impacto a la médula del sistema Tributario chileno desde el 01.01.1984 al año 31.12.2016.
Desde el 01.01.2017 entraron en vigor los Regímenes Tributarios de Renta Atribuida y Semi Integrado. A través del siguiente esquema, trataremos de mostrar la diferencia de uno u otro en este segundo año de esta nueva metodología técnica de Tributación.
Consideraciones Importantes para esta operación Renta
a) El Régimen Atribuido no permite postergar la tributación de Impuestos finales por lo que dependiendo del comportamiento de la sociedad este gatillara la tributación completa independiente si existen o no retiros, generando un impacto considerable en el capital de trabajo de la sociedad si no se planifica con anticipación.
b) Es importante considerar que para definir entre uno u otro Régimen es decir A o B se debe tener presente la visión de la empresa, como de sus socios o accionistas debido a que el Régimen B tiene una tasa especial del 27% superior a la del Régimen Atribuido por otra parte el impuesto de primera categoría en las sociedades Parcialmente Integrado debe restituir un 35% del crédito pagado por la empresa lo que encarece la tributación significativamente.
Nuevos Registros Tributarios
Antes de la Reforma: F.U.T, F.U.F, F.U.N.T, CREDITO, R.L.I.
Régimen Atribuida: S.T.U.T, D.D.A.N, R.E.X, S.A.C, R.L.I, R.A.P.
Régimen Parcialmente Integrado: S.T.U.T, D.D.A.N, R.E.X, S.A.C, R.L.I, R.A.I.
Estos sistemas tienen dos diferencias fundamentales:
RAP: No se debe incorporar el crédito por impuesto de primera categoría ya que este sistema se debe atribuir en el minuto que tenemos el resultado tributario según capital pagado o Porcentaje de Participación.
RAI: Este parte con la base de la determinación del Capital Propio Tributario Final, después se debe determinar el R.A.I Final conforme al Capital Propio Tributario como base según instrucción de circulares emitidas por el SII.
De requerir apoyo en esta Operación Renta de sus empresas y sus socios o accionistas no dude en contactar a nuestros especialistas Ex funcionarios del SII y Asesores de las mejores consultoras del país para una propuesta de servicio.
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Luis Thayer Ojeda 0115 Oficina 301, Comuna de Providencia.
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